Definición
Extensiones en hectáreas de tierra de labranza no dedicadas a los fines mencionados en las tres preguntas anteriores. Se debe incluir tierras de labranza que no hayan cumplido los meses para ser considerada como tierras de rastrojo (menos de 4 meses), dañadas por inundaciones, aquellas en que se han perdido cosechas y las preparadas para cultivo pero que ya no pueden ser sembradas debido a circunstancias imprevistas.